A falta de un acuerdo común, el empleador debe realizar la reducción de forma proporcional entre los días de trabajo.
Para una jornada de 5 días (lunes a viernes), la Dirección del Trabajo (DT) establece que no puedes reducir menos de 1 hora por día. Esto significa que para pasar de 44 a 42 horas, debes restar una hora en dos días distintos de la semana, o bien, dos horas en un solo día si así lo pactan. El objetivo es evitar el decuento de minutos y asegurar un descanso efectivo.
Alternativa:
Si la jornada es de 6 días (lunes a sábado), la reducción de las 2 horas totales debe ser proporcional para alcanzar las 42 horas exactas. En caso de no existir acuerdo, puedes restar 50 minutos en un día y 10 minutos en otro, o la proporción que determine la ley, siempre buscando que el tiempo liberado represente un alivio real en la jornada diaria del trabajador.
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