Sí, el seguro puede cubrir enfermedades preexistentes, pero depende del momento de incorporación y de la evaluación de la aseguradora.
Para la carga inicial de la empresa (cuando el seguro se contrata por primera vez), las preexistencias suelen estar cubiertas según las condiciones de la póliza.
Para nuevos titulares que se incorporan después, deben completar una Declaración Personal de Salud (DPS). La aseguradora evaluará cada caso y definirá si la preexistencia se cubre, se excluye o queda sujeta a condiciones especiales.
Te recomendamos revisar las condiciones específicas de tu póliza o confirmar directamente con la aseguradora, ya que la cobertura puede variar según el contrato.