Esta guía cubre el cierre del ciclo laboral de un colaborador en Buk: qué revisar antes de empezar, cómo generar el finiquito individual o masivo, qué conceptos entran en el cálculo y cómo resolver los casos que se salen del camino habitual.
¿Qué necesitas hacer?
- Finiquitar a alguien ahora → ve a ¿Cómo finiquitar en Buk?.
- Entender por qué el monto salió así → ve a Qué incluye el cálculo.
- El sueldo del mes y el finiquito se están mezclando → ve a Qué se paga en el finiquito y qué en la liquidación del mes.
- Tu caso no es el típico (autodespido, jubilado, plazo fijo, corregir algo ya finiquitado) → ve a Casos especiales.
Antes de empezar: ¿cómo están configurados tus ítems?
Para que el finiquito se calcule bien, los haberes tienen que estar correctamente configurados desde su creación. De esta configuración depende qué se considera y qué no en el cálculo.
Tipo de remuneración de cada ítem
Al crear un haber en Buk, configura correctamente su tipo de remuneración. Las opciones disponibles y su impacto:
| Tipo | Qué es | ¿Entra en el finiquito? |
|---|---|---|
| Ocasional | Haberes esporádicos, como el aguinaldo de navidad. | No |
| Variable | Haberes regulares según resultados o metas, como bonos de productividad o comisiones. | Sí, como remuneración variable |
| Fijo | Haberes mensuales, como colación o movilización. | Sí, como remuneración fija |

Si cambias el tipo de remuneración de un ítem que ya tiene asignaciones en meses anteriores, se generará una alerta al intentar finiquitar. Para avanzar, hay que homologar todas las asignaciones históricas al tipo actual: escríbenos a los canales de atención y el equipo realiza la corrección internamente.
Puedes revisar el detalle de esta configuración en ¿Cómo configurar el tipo de remuneración en los ítems para el cálculo correcto del finiquito?.
¿Qué liquidaciones toma Buk para el promedio?
Para el cálculo del finiquito se toman las últimas liquidaciones correspondientes a 30 días trabajados, incluyendo aquellas con días de ausencias, ya que se consideran faltas injustificadas.
Se excluyen las liquidaciones que incluyan días de licencias médicas o permisos sin goce de remuneración.
¿Cómo finiquitar en Buk?
Puedes finiquitar a una persona desde su ficha, o a varias a la vez con el proceso masivo. Elige la pestaña que corresponda:
Individual (desde la ficha)
- En la ficha del colaborador, entra a la pestaña Resumen, elige Terminar trabajo y luego Con finiquito.

- Completa la Fecha de Aviso, la Fecha de Término, la Fecha de Pago y la Razón del finiquito. Si es un término a futuro, se indicará la UF aplicada. Presiona Simular.

- Revisa la simulación: se despliega un recuadro con dos columnas, Conceptos y Montos. Con el botón Editar puedes ajustar los valores antes de confirmar.

- Decide las opciones del cierre: generar la Carta de Aviso, desactivar la cuenta del trabajador e incluir el finiquito en la liquidación de sueldo. Si tienes más de una plantilla de finiquito o de carta de aviso, puedes elegir cuál usar, y también decidir la visibilidad de cada documento.
Si eliges desactivar la cuenta, esta se desactivará una vez cumplida la fecha de término del contrato. No afecta a los usuarios que tengan otras fichas activas.

Importante: para seleccionar una forma de pago distinta a la de la ficha al generar el finiquito, debes tener habilitado el parámetro "Habilitar forma de pago al finiquitar". Además, no debes marcar la casilla "Incluir en la liquidación": esa opción impide seleccionar una forma de pago diferente.
- Presiona Terminar. Se genera el documento de finiquito y la ficha del colaborador queda en estado Inactivo. Si prefieres retomar después, usa Guardar Borrador.
Si guardas un borrador, cualquier valor que hayas modificado a mano se restablece al retomarlo.
Si marcaste Incluir en la Liquidación, la información queda visible en la liquidación del mes de pago, y los montos se reflejan en el libro de remuneraciones en el mes que indicaste en Fecha de pago.

Masivo (varios colaboradores)
- Ve a Administrativo > Empleados > Vigentes. Selecciona a todos los trabajadores que vas a finiquitar, presiona Acciones y elige Simular Finiquitos.

- Ingresa la Fecha de Término, la Fecha de Aviso y la Fecha de Pago, indica la causal o razón de término y presiona Simular. Se descarga un archivo Excel con el detalle, que puedes editar si lo necesitas.
- Guarda el Excel y ve al menú lateral Reportes > Importadores > Importadores. Busca el importador Finiquitar Empleados.

- En Acciones, elige entre Finiquitar, Generar Cartas de Aviso o Finiquitar y Generar Cartas de Aviso. Puedes agregar un Comentario Interno, decidir si incluir el finiquito en la liquidación y si desactivar la cuenta del empleado.
- Sube el archivo con Seleccionar Archivo y espera a que termine la carga. Buk confirma con un mensaje cuando el proceso se completó.

Qué se paga en el finiquito y qué en la liquidación del mes
Es la confusión más frecuente del proceso. El finiquito y la liquidación del mes son dos pagos distintos, y la casilla "Incluir en la liquidación" decide si viajan juntos o separados.
| Si marcas "Incluir en la liquidación" | Si NO la marcas |
|---|---|
| El finiquito se suma a la liquidación del mes de pago. El colaborador recibe un solo pago que incluye los días trabajados y las indemnizaciones. | El finiquito queda como un pago aparte y puedes elegirle una forma de pago distinta (requiere el parámetro "Habilitar forma de pago al finiquitar"). |
| Los montos aparecen en la liquidación y en el libro de remuneraciones del mes que indicaste en Fecha de pago. | Los días trabajados del mes se pagan por la nómina normal; el finiquito, por fuera. |
Si en la simulación aparecen conceptos que no esperabas —por ejemplo el sueldo de un mes que ya pagaste, o días que no corresponden— revisa las fechas antes de confirmar. La Fecha de Término define hasta qué día se pagan remuneraciones, y la Fecha de Pago define en qué mes se contabiliza el finiquito. Con el botón Editar puedes ajustar los conceptos de la simulación antes de terminar el proceso.
Qué incluye el cálculo
¿Qué datos debe contener el finiquito?
- Datos de las partes: la razón social, RUT y dirección del empleador, y el nombre completo, RUT y dirección del trabajador.
- Fecha de inicio y término del contrato: es esencial especificar tanto la fecha en que comenzó la relación laboral como la fecha en que se le dio término.
- Causal de término: la que corresponda según el Código del Trabajo (ver Causales de término más abajo).
Indemnización por años de servicio
Equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses trabajados de manera continua para el mismo empleador. Aplica solo cuando el despido se basa en las causales del artículo 161 del Código del Trabajo.
- Tiene un tope de 330 días de sueldo (equivalente a 11 meses).
- La remuneración que se usa para el cálculo está sujeta a un límite máximo de 90 Unidades de Fomento.
Desde la sección Editar puedes revisar y ajustar las Remuneraciones Fijas y Variables consideradas, y la Remuneración base ya calculada por Buk.

Indemnización sustitutiva de aviso previo
Equivale a 30 días de la última remuneración mensual si el empleador no notifica con 30 días de antelación el término del contrato.
Al igual que en la indemnización por años de servicio, se puede aplicar el tope de 90 Unidades de Fomento, considerando la UF del último día del mes anterior al pago.

Indemnización voluntaria y pactada
Las pactadas son las acordadas entre empleador y trabajador en el contrato individual. Las voluntarias son las que el empleador otorga de forma discrecional, sin estar obligado por contrato.
En Buk se registran haciendo clic en Editar e ingresando los valores de indemnización pactada contractualmente, voluntaria y monto indemnización no renta. El sistema entrega un estimado del Monto indemnización no renta, que puedes editar.
Como estas indemnizaciones son tributables en el monto que supere el monto no renta, se generará una reliquidación: el cálculo de diferencias de impuesto único en los últimos 12 meses en que el contrato estuvo vigente.

El detalle del cálculo del impuesto y del monto no renta está en ¿Cómo calcular el impuesto correspondiente a una indemnización voluntaria?.
Vacaciones pendientes y feriado proporcional
Corresponde al pago de las vacaciones pendientes proporcionales al tiempo trabajado.
Para calcular las vacaciones proporcionales se divide el número de días de vacaciones devengados en el año (incluyendo las progresivas si corresponde) por los 12 meses del año; el resultado es el número de días hábiles que se indemnizan por cada mes trabajado (por ejemplo: 15 ÷ 12 = 1,25).
Ese resultado se multiplica por el número de meses y días acumulados entre la fecha de contratación y el término del contrato —o entre la última anualidad cumplida y el término—, y el resultado es el total de días hábiles a indemnizar. Por último, esos días se cuentan en el calendario a partir del día siguiente a la fecha de término, sumando sábados, domingos y festivos incluidos en ese período.
Días corridos en feriado proporcional: son los sábados, domingos y festivos que el colaborador obtiene durante su contrato. El finiquito se paga en base a 30 días, no a días hábiles trabajados, por lo que siempre se consideran los fines de semana y festivos del mes.

En Editar encontrarás las Remuneraciones Fijas y Variables consideradas y podrás modificar la Remuneración base diaria, los Días de vacaciones pendientes y los días proporcionales, aunque Buk ya los calcula automáticamente.

Remuneraciones pendientes
Es la remuneración que aún no se ha pagado, sin considerar las indemnizaciones fijadas en el finiquito.
Por ejemplo: si un trabajador recibe $300.000 mensuales, pagados el día 30 de cada mes, y la relación laboral termina el día 20, la empresa deberá pagarle $200.000 por los veinte días trabajados.
Este concepto también incluye otras variaciones de las remuneraciones, como horas extras, comisiones, participaciones y gratificaciones. Siguiendo el ejemplo, si el trabajador hizo horas extras por $20.000, el total a incluir sería $220.000.
Este pago está sujeto a tributación y descuentos legales, por lo que corresponde descontar cotizaciones e impuesto a la renta al calcular.
Descuentos: impuestos, créditos y otros
Impuestos: retenciones legales que corresponden al trabajador. El detalle del cálculo está en ¿Cómo calcular el impuesto correspondiente a una indemnización voluntaria? y en las preguntas frecuentes del SII sobre los efectos tributarios de una indemnización por años de servicio mayor a la legal.
Créditos: puedes ingresar las cuotas pendientes de créditos haciendo clic en Editar.

Otros descuentos: anticipos de sueldo, seguros o algún ítem de descuento asignado en la configuración avanzada.


Descuento del Seguro de Cesantía
Este descuento solo se puede aplicar cuando el empleador despide bajo las causales del artículo 159 número 5 y del artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo. En ese caso, el empleador puede descontar el 1,6 % que él mismo depositó en la cuenta personal del trabajador.

Con esta configuración, Buk estima el monto aportado con la información que tiene en el sistema.
El monto que estima Buk es una sugerencia, no el valor exacto. Para el monto real hay que pedirle a la Administradora de Fondos de Cesantía que determine el monto aportado y la rentabilidad generada durante ese período. Es esperable que el número de Buk y el de la AFC no coincidan: ajusta el valor en Editar antes de terminar el finiquito.

El descuento no se desactiva solo. Si el trabajador no tiene derecho a él —por ejemplo, alguien ya pensionado, o con menos de un año de antigüedad sin aportes suficientes— Buk igual lo sugiere. Revisa la simulación y ajústalo o quítalo manualmente desde Editar antes de confirmar.
Causales de término
Las causales se asignan en Buk al momento de ingresar la fecha de término, la fecha de aviso y la fecha de pago.

Las causales del Código del Trabajo
- Artículo 159: término por acuerdo mutuo, renuncia, muerte del trabajador, fin del plazo o trabajo convenido, y eventos de fuerza mayor.
- Artículo 160: despido por conductas graves del trabajador, como falta de probidad, acoso, abandono del trabajo o daño intencional a la empresa.
- Artículo 161: necesidades de la empresa, como cambios en la productividad o en las condiciones del mercado.
- Artículo 163 bis: liquidación judicial de los bienes del empleador con intervención de un liquidador.
Autodespido del trabajador (artículo 171)
El trabajador puede autodespedirse notificando por escrito al empleador y a la Inspección del Trabajo, indicando las causales y los hechos en que se basa. Tiene un plazo de 60 días hábiles para demandar ante los tribunales, ampliable a 90 días si presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo.
Las causales del autodespido son:
- Conductas graves del empleador (falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico, injurias, conducta inmoral, acoso laboral).
- Actos u omisiones que afecten la seguridad o salud de los trabajadores.
- Incumplimiento grave de las obligaciones del empleador.
El artículo 171 no es una causal que el empleador invoque: es una acción del trabajador, y mientras no haya sentencia judicial no está determinado si corresponde o no. Por eso el cierre de la ficha en Buk y el registro ante la Dirección del Trabajo dependen de tu caso concreto. Escríbenos a los canales de atención antes de cerrar la ficha, indicando si ya hay sentencia o si el proceso sigue en curso.
Casos especiales
Contrato a plazo fijo con término anticipado
Si terminas un contrato a plazo fijo antes de la fecha pactada, la causal y los conceptos que corresponde pagar dependen de por qué se adelanta el término. Ingresa la Fecha de Término real y revisa la simulación: Buk calcula las remuneraciones pendientes y las vacaciones proporcionales hasta esa fecha.
Corregir algo después de finiquitar
Una vez terminado el proceso, la ficha queda Inactiva y el documento de finiquito, generado. Si necesitas modificar montos, fechas o el sueldo base del colaborador después de eso, escríbenos a los canales de atención: la corrección depende de si el finiquito ya se incluyó en una liquidación y de si el mes está cerrado.
Si el finiquito todavía está en borrador, ten en cuenta que los valores que modificaste a mano se restablecen al retomarlo.
Pagos acordados después del término (comparendos, acuerdos posteriores)
Si después de terminado el contrato se acuerda un pago adicional (por ejemplo, una indemnización voluntaria pactada en un comparendo) y el mes de la desvinculación ya está cerrado, no se modifica el finiquito original. Escríbenos a los canales de atención para revisar cómo registrarlo según el período en que se pague.
Retención judicial por pensión de alimentos
Si el colaborador tiene una retención judicial vigente, esta se mantiene sobre los montos del finiquito. Revisa que el descuento esté correctamente asignado en la ficha antes de simular, y verifica el monto resultante en la simulación.
Preguntas frecuentes
¿Por qué Buk usa una UF distinta a la del día del despido?
Para aplicar el tope de 90 UF, se considera la UF del último día del mes anterior al pago, no la del día en que termina el contrato. Por eso, si desvinculas a alguien el 26 de agosto con fecha de pago en septiembre, verás la UF del 31 de agosto.
¿Cómo gestiona el cálculo de finiquitos en Sueldos Diarios?
Buk gestiona los cálculos de finiquitos para sueldos diarios según lo indicado por la Dirección del Trabajo. Este es el detalle del cálculo del valor diario para el pago del feriado proporcional:

El cálculo para la indemnización por años de servicio también se realiza según lo estipulado por la Dirección del Trabajo.
¿Cómo se ingresa una Indemnización Voluntaria y Tributable en Buk?
La plataforma diferencia entre indemnizaciones voluntarias afectas a impuestos y no afectas. Para ingresar una indemnización voluntaria al finiquitar, entra a Indemnización Voluntaria y Pactada.
Allí verás una sugerencia del Monto No Renta. Para llegar a ese valor se calcula el promedio de lo ganado en los últimos 24 meses, o en el tiempo que lleve contratado. Si el trabajador lleva menos de 6 meses en la empresa, no corresponde pagar indemnización voluntaria.
El cálculo se realiza según su remuneración de cada mes, multiplicada por el porcentaje de variación del IPC entre el último día del mes anterior al del devengo de la remuneración y el último día del mes anterior al del término del contrato.
El detalle completo está en ¿Cómo calcular el impuesto correspondiente a una indemnización voluntaria?.
¿Puede descontarse del finiquito el saldo de un crédito social de una Caja de Compensación?
Sí, pero con una condición: para descontar del finiquito el saldo insoluto del crédito social, el trabajador debe expresar nuevamente su voluntad de aceptar el descuento al momento de suscribir el finiquito.
Es decir, si al término de la relación laboral el trabajador mantiene una deuda por crédito social con una Caja de Compensación de Asignación Familiar, al ratificar el finiquito deberá autorizar expresamente cualquier descuento destinado al pago de esas obligaciones crediticias.
¿Puedo guardar el finiquito como borrador?
Sí. Al terminar el trabajo con finiquito, en el momento de simularlo verás la opción Guardar borrador, para no perder tus cambios y continuar cuando quieras.


Recuerda que los valores calculados por Buk que hayas modificado se restablecen automáticamente al retomar el borrador.
¿Dónde veo el documento de finiquito y la carta de aviso?
Al momento de finiquitar, puedes revisarlos desde la pestaña Documentos.

Sustento legal
Firma, plazos y certificación de cotizaciones
- Firma y ratificación: el finiquito debe ser firmado por ambas partes ante un Ministro de Fe (hoy puede ser ante notario o a través del finiquito electrónico en la plataforma de la Dirección del Trabajo).
- Revisión del finiquito: es fundamental que el trabajador lo revise cuidadosamente antes de firmar, ya que su firma implica la aceptación de los términos y el reconocimiento de que ha recibido todos los pagos correspondientes.
- Plazos legales para el pago: según el artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito debe otorgarse y ponerse su pago a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación. Solo si las partes lo acuerdan es posible pactar el pago en cuotas.
- Certificación de cotizaciones previsionales: el artículo 162 del Código del Trabajo exige que el empleador acredite el pago de cotizaciones previsionales antes de que el finiquito sea ratificado. Esto incluye obtener un Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas.
Configuraciones asociadas
Existen configuraciones generales de la plataforma que afectan el proceso de finiquitos:
Fuentes de información
- ¿Cuál es la oportunidad en que el empleador debe otorgar el finiquito? — Dirección del Trabajo
- ¿Debe acreditarse al ministro de fe que ratifica un finiquito que las imposiciones del trabajador despedido se encuentran pagadas? — Dirección del Trabajo
- ¿Cómo se calcula el feriado proporcional? — Dirección del Trabajo
- ¿Cuáles son los efectos tributarios de una indemnización por años de servicio mayor a la legal? — SII
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