Cuando se aplica la modalidad convencional de gratificación (Art. 50 del Código del Trabajo), esta forma parte de las remuneraciones fijas y habituales del colaborador. Por eso, se considera en el cálculo de:
- La indemnización por años de servicio.
- La indemnización por falta de aviso previo.
En Buk, puedes configurar esto desde Administración en la tuerca que se encuentra en la esquina superior derecha > Empresas >Editar> Opciones de Gratificaciones, donde puedes:
- Activar o desactivar el pago de la gratificación del sistema.
- Incluir horas extras en la base de cálculo.
Definir si se aplica el tope legal en caso de licencias médicas.
Además, puedes determinar si la gratificación se paga mes a mes (25% de los haberes imponibles con tope de 4,75 IMM / 12) o al final del ejercicio anual.
También puedes personalizar qué ítems imponibles se consideran para el cálculo marcando la opción “Incluir en cálculo de gratificación” en cada uno de ellos al momento de crearlos.
👉 Si prefieres no usar el sistema automático, puedes crear un haber formulado con la lógica que definas, pero deberás asegurarte de que ese cálculo se considere en los procesos de liquidación y finiquito.
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Si tienes dudas sobre cómo configurar la gratificación del sistema correctamente, escríbenos a cualquiera de nuestros canales SAC y te ayudamos.