La reliquidación de haberes es el proceso técnico mediante el cual un bono o haber se distribuye en partes iguales a lo largo de los meses de un período determinado del pasado. El objetivo principal es que este monto se incorpore de forma retroactiva a la base imponible y tributable de cada uno de esos meses, ajustándose de manera exacta a los parámetros y topes vigentes en dicho momento.
Con este procedimiento, la plataforma recalcula las leyes sociales hasta el tope legal y determina las diferencias frente a lo que ya habías descontado históricamente, sumando o restando el resultado en el mes en que ejecutas el proceso. Lo mismo ocurre con el Impuesto Único de Segunda Categoría, permitiéndote cumplir con las exigencias normativas del Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) de la Dirección del Trabajo y el Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Cómo realiza la plataforma el cálculo matemático interno?
Para tu tranquilidad y transparencia ante auditorías, el sistema ejecuta de forma automática los siguientes pasos matemáticos tras bambalinas:
Divide el monto total ingresado por el valor de la UTM del mes en que se realiza el pago efectivo.
Divide ese resultado por la cantidad de meses que componen el período a reliquidar, obteniendo la proporción exacta en UTM por cada mes.
En cada mes del pasado, multiplica esa proporción en UTM por el valor que la UTM tenía en ese mes específico.
Suma el valor resultante a la renta histórica de ese mes, estructurando una nueva base de ingresos.
Determina las nuevas leyes sociales, calcula la diferencia frente a lo que ya se había pagado y resta esa diferencia para obtener la nueva base tributable.
Calcula el nuevo impuesto sobre esa base ajustada, le resta el impuesto que el trabajador ya pagó en su momento y extrae la diferencia de impuesto mensual que se declarará al SII.
Transforma esas diferencias mensuales nuevamente a UTM de sus respectivos meses, las suma todas y multiplica el total acumulado por el valor de la UTM actual para arrojar el cobro definitivo en pesos.
Paso a paso de cómo se configura en Buk:
Paso 1: Habilita la función de reliquidaciones en el sistema
Para comenzar a operar con este flujo, primero debes activar el parámetro global en tu entorno de trabajo. Dirígete al menú principal de navegación e ingresa a la siguiente ubicación:
Ruta: Remuneraciones > Configuraciones > Cálculo > Reliquidación
Una vez allí, verás las opciones de configuración de cálculos del sistema. Busca y activa la casilla llamada “Habilitar reliquidaciones”. Al realizar esta acción, el sistema actualizará los permisos, lo que te permitirá tanto visualizar los ítems reliquidados en el expediente de tus trabajadores como otorgar de forma libre el atributo de "reliquidable" a los nuevos haberes que decidas crear en el futuro.
y activa la casilla “Habilitar exportar reliquidaciones” para que puedas extraer informes masivos en hojas de cálculo cuando lo requieras.
Paso 2: Configura la visualización independiente y los reportes de exportación
A continuación, es muy recomendable que definas cómo deseas que tus colaboradores revisen este dinero. Si quieres que el detalle del cálculo aparezca en un documento anexo para no alterar el formato principal de la liquidación de sueldo, dirígete a la siguiente sección:
Ruta: Remuneraciones > Configuraciones > Comprobantes > Formato de liquidación
Una vez dentro de este panel, marca la opción titulada “Mostrar la reliquidación en archivos separados”. Esto permitirá que el sistema emita un archivo paralelo exclusivo para este desglose.
Paso 3: Genera la reliquidación del período
Una vez que la plataforma cuenta con todas las configuraciones iniciales activas, verás que el sistema te dejará habilitada la opción de generar reliquidaciones por montos específicos asociados a un tramo de meses determinado. Al ingresar el monto, la plataforma distribuirá de forma automática los valores correspondientes a cada periodo de manera interna.
Paso 4: Audita y revisa el detalle del cálculo en la ficha del colaborador
Después de procesar los montos, es una excelente práctica revisar que los cálculos se hayan ejecutado bajo las condiciones correctas. Para hacer este seguimiento de forma individual, ingresa al expediente del trabajador y sigue la siguiente ruta interna:
Ruta: Ficha del colaborador > Ítems > Reliquidaciones
En esta sección verás reflejado el registro del movimiento. Ahora, pincha en el ícono de la lupa ubicado al costado del ítem. Al hacerlo, verás que la plataforma desplegará un cuadro emergente detallado donde podrás auditar minuciosamente el impacto del recálculo sobre el Impuesto Único, las cotizaciones obligatorias de salud y previsión, y los aportes correspondientes al empleador.
Paso 5: Realiza las rectificaciones externas y valida las Declaraciones Juradas
Para terminar el ciclo de manera exitosa, debes recordar que este proceso genera impactos ante los organismos fiscalizadores estatales. Una vez concretada la reliquidación en la plataforma, es obligatorio que realices las siguientes acciones externas:
Rectificación del LRE: Ingresa al portal oficial de la Dirección del Trabajo (
midt.dirtrab.cl) y sube la rectificación del Libro de Remuneraciones Electrónico correspondiente a los meses del pasado que se vieron afectados. Cabe hacer presente que el cálculo de la reliquidación debe ser efectuado de manera paralela a la declaración del LRE, razón por la que el código 2113 y demás que se vinculan con remuneraciones devengadas en varios períodos exigen el registro de montos sin ajuste de inflación.Validación de la DDJJ 1887: Al momento de revisar la Declaración Jurada 1887 ante el SII, verifica que el impuesto aparezca correctamente asignado en los meses originales del devengo. Por ejemplo, si ejecutas una reliquidación en febrero de 2026 que afecta el período de enero a diciembre de 2025, el sistema reportará y distribuirá ese impuesto en cada uno de los meses de 2025 en tus informes anuales.
Resultado esperado
Si realizaste el procedimiento de manera correcta, la plataforma distribuirá automáticamente el haber extraordinario entre los meses correspondientes, recalculando bases imponibles, diferencias de leyes sociales e impuestos de forma exacta y sin ajustes por inflación (valores nominales). Además, dispondrás de los archivos de respaldo independientes para los trabajadores y los datos listos para las declaraciones normativas ante la Dirección del Trabajo y el SII.
⚠️ Soporte técnico: Si al intentar realizar los primeros pasos notas que alguna de las opciones o casillas mencionadas no se visualiza en tu pantalla o se encuentra bloqueada, por favor ponte en contacto directo con nuestro equipo de asistencia para habilitar los permisos que requieras.
EJEMPLO DE CÁLCULO:
Supuestos
El trabajador recibe en julio de 2026 un bono retroactivo de $1.200.000, correspondiente a 4 meses (enero a abril).
Valores ficticios de la UTM:
| Mes | Valor UTM |
|---|---|
| Enero | $66.000 |
| Febrero | $66.500 |
| Marzo | $67.000 |
| Abril | $67.500 |
| Julio (mes del pago) | $68.000 |
Paso 1: Convertir el monto actual a UTM
Se divide el monto pagado por la UTM vigente:
$1.200.000 / $68.000 = 17,6471 UTM
Ahora el sistema ya no trabaja con pesos. Trabaja con 17,6471 UTM.
Paso 2: Repartir esas UTM entre los meses
Como corresponde a cuatro meses:
17,6471 UTM / 4 meses = 4,4118 UTM
Cada mes recibe exactamente: 4,4118 UTM
Paso 3: Llevar esas UTM nuevamente a pesos históricos
Ahora cada porción se multiplica por la UTM que existía en ese mes:
Enero: 4,4118 UTM X $66.000 = $291.179
Febrero: 4,4118 UTM X $66.500 = $293.385
Marzo: 4,4118 UTM X $67.000 = $295.590
Abril: 4,4118 UTM X $67.500 = $297.796
Observa que no se reparte el mismo valor en pesos. Se reparte la misma cantidad de UTM.
Paso 4: Sumar a la renta histórica
Supongamos que el trabajador ganó:
| Mes | Sueldo original |
|---|---|
| Enero | $1.500.000 |
| Febrero | $1.500.000 |
| Marzo | $1.500.000 |
| Abril | $1.500.000 |
El sistema suma el bono:
| Mes | Sueldo original | Bono | Nueva renta |
|---|---|---|---|
| Enero | $1.500.000 | $291.179 | $1.791.179 |
| Febrero | $1.500.000 | $293.385 | $1.793.385 |
| Marzo | $1.500.000 | $295.590 | $1.795.590 |
| Abril | $1.500.000 | $297.796 | $1.797.796 |
Paso 5: Recalcular cotizaciones
Sobre esa nueva renta el sistema vuelve a calcular:
- AFP
- Salud
- Seguro de cesantía
- demás descuentos legales
Ejemplo ficticio para enero
Antes: Cotizaciones = $300.000.-
Después del bono: Cotizaciones = $355.000.-
Diferencia: $55.000.-
Esa diferencia disminuye la base tributable.
Paso 6: Recalcular el impuesto
Supongamos:
Antes: Impuesto pagado = $25.000
Después del nuevo cálculo: Nuevo impuesto = $42.000
La diferencia es: $17.000
Ese será el impuesto adicional correspondiente a enero. Lo mismo ocurre para febrero, marzo y abril.
Paso 7: Convertir nuevamente esas diferencias a UTM
Supongamos que quedaron estas diferencias:
| Mes | Diferencia impuesto |
|---|---|
| Enero | $17.000 |
| Febrero | $18.500 |
| Marzo | $16.000 |
| Abril | $19.000 |
Ahora el sistema las convierte nuevamente a UTM.
Ejemplo enero: $17.000 / $66.000 = 0,2576 UTM
Hace exactamente lo mismo para todos los meses. Supongamos que obtiene:
| Mes | Diferencia en UTM |
|---|---|
| Enero | 0,2576 |
| Febrero | 0,2782 |
| Marzo | 0,2388 |
| Abril | 0,2815 |
Suma todas: 0,2576+0,2782+0,2388+0,2815=1,0561 UTM
Paso 8: Llevar el resultado a pesos actuales
Finalmente multiplica por la UTM vigente:
1,0561 UTM× $68.000 = $71.815
Resultado final: Impuesto adicional definitivo = $71.815
Ese es el monto que finalmente se declara.
¿Por qué el sistema utiliza UTM dos veces?
La UTM actúa como una unidad de valor constante. Primero, convierte el monto pagado hoy a UTM para repartirlo de forma equitativa entre los meses, evitando distorsiones por la variación de la UTM en el tiempo. Luego, una vez recalculado el impuesto de cada mes, vuelve a expresar esas diferencias en UTM y las trae al valor actual. De esta forma, el cálculo respeta el poder adquisitivo de cada período y entrega un resultado consistente y conforme a la normativa tributaria.