La reliquidación es el proceso técnico que permite pagar montos devengados en periodos superiores a un mes (como bonos anuales o trimestrales). Su función principal es distribuir la base tributable en los meses correspondientes para evitar que el colaborador pague un Impuesto Único excesivo en un solo periodo, cumpliendo con la normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII) para Rentas Accesorias.
Requisitos Previos
- Permisos: debes contar con perfil Administrador o permisos de Modificación en el módulo de Remuneraciones.
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Configuración: debes activar la configuración "Habilitar reliquidaciones" desde el menú lateral Remuneraciones, sección Configuraciones, pestaña Cálculo.
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Ítem Configurado: el haber debe estar previamente creado con la característica "Reliquidable" activa, no es posible editar un haber ya creado con esta opción, por lo que siempre se debe de crear uno nuevo.
¿Cómo crear el ítem para reliquidar?
El haber que vas a reliquidar debe crearse (no editarse) con esta configuración:
- Tipo: haber imponible.
- Tipo de remuneración: ocasional.
- Activa la opción Reliquidable.
- Desactiva las bases de cálculo que no correspondan (gratificación, horas extras, aporte por licencia y semana corrida), para que el monto no infle otros cálculos.
Recuerda: un haber ya creado no puede convertirse en reliquidable; siempre debes crear uno nuevo. Si tu bono no aparece en la pantalla de Reliquidar Bono, revisa primero que el ítem tenga la opción Reliquidable activa.
- Meses Procesados: Buk requiere que los meses hacia los cuales se desea reliquidar ya existan y se encuentren Cerrados. Los meses pueden ser procesados en la plataforma o tener liquidaciones históricas.
Paso a Paso
Puedes reliquidar de forma individual desde la ficha del trabajador, y de forma masiva desde importadores.
Proceso Individual
No necesitas reabrir los meses anteriores. La reliquidación se realiza sobre el mes vigente y no modifica las liquidaciones ya cerradas y pagadas: genera un ajuste en el período actual. Solo necesitas que los meses de devengo existan y estén cerrados (procesados en Buk o cargados como liquidaciones históricas).
Para reliquidar un bono de forma individual, debes ir a la ficha del trabajador, y en la pestaña Ítems seleccionar Reliquidaciones. Luego, haz clic en Reliquidar Bono.
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Allí podrás escoger el ítem a reliquidar y seleccionar la fecha de pago y la fecha de inicio y término de la reliquidación. En este artículo te contamos cómo puedes crear ítems reliquidables.
Qué significa cada fecha:
- Fecha de pago: el mes abierto en el que quieres que se pague la diferencia (normalmente el mes en curso).
- Fecha de inicio y término: el período que el bono devenga, no el mes en que lo pagas.
Ejemplo: una diferencia de gratificación correspondiente a julio 2025, que pagas en agosto 2025, se ingresa con fecha de pago en agosto y fecha de inicio y término en julio. Buk distribuye la base tributable en el período de devengo (julio) y paga la diferencia en agosto, sin reabrir julio.
Una vez ingreses la información, haz clic en Guardar. Verás la reliquidación recién creada en la sección Reliquidaciones.
En la columna Acciones tendrás las opciones de Ver Detalle y Eliminar. En Ver Detalle podrás acceder al detalle de las diferencias calculadas por el sistema, que corresponderán al pago de cotizaciones previsionales, impuestos y aportes patronales.
Finalmente, en la liquidación de sueldo verás la reliquidación asignada de la siguiente manera:
Si tienes activada la configuración general Mostrar la reliquidación en archivos separados, verás la reliquidación así:
Proceso Masivo
Para reliquidar bonos de forma masiva, debes hacerlo desde el menú lateral Información, sección Importadores, y luego en Importadores. Luego, en la pestaña Administrativo, anda a la sección Ítems y KPI's y selecciona el importador Ítems.
Selecciona el checkbox Mostrar solo ítems a reliquidar y completa la información solicitada. Luego, descarga el template para que ingreses los datos de los colaboradores. Cuando tengas el template con toda la información, haz clic en Seleccionar archivo y sube el documento.
Una vez que el archivo se carga exitosamente, puedes revisar el detalle desde la ficha del colaborador.
Personal desvinculado: puedes incluir a un colaborador finiquitado en el template masivo siempre que existan sus liquidaciones (procesadas o históricas) en el período de devengo. En la columna de período del template, ingresa el rango de devengo del bono (no el mes de finiquito). El pago de la diferencia se reflejará en el mes de pago vigente.
También podrás descargar reportería asociada a las reliquidaciones. Para eso, dirígete al menú lateral Reportería, sección Exportadores. Luego, haz clic en Crear Reporte y, en la sección Remuneraciones, escoge entre las tres plantillas que tenemos disponibles: Reliquidaciones, Detalle Reliquidaciones y Descuentos Reliquidaciones.
Cuando reliquidas un bono, Buk creará el archivo que debes cargar a Previred, que lleva por nombre Rentas Accesorias, y que vendrá junto al archivo Previred que descargas todos los meses.

Consideraciones Importantes y Aspectos Legales
Impacto en el Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE)
Según la normativa de la Dirección del Trabajo, los bonos reliquidados deben informarse en el Libro de Remuneraciones Electrónico:
- Estos montos se reflejarán en el archivo LRE bajo los siguientes códigos, según corresponda:
- Remuneraciones bimestrales (devengo en dos meses) (cód 2116)
- Remuneraciones trimestrales (devengo en tres meses) (cód 2117)
- Remuneraciones cuatrimestrales (devengo en cuatro meses) (cód 2118)
- Remuneraciones semestrales (devengo en sesis meses) (cód 2119)
- Remuneraciones anuales (devengo en doce meses) (cód 2120)
- Participación anual (devengo en doce meses (cód 2121)
- Gratificación anual (devengo en doce meses) (cód 2122)
- Se debe considerar que la reliquidación se va a reflejar en el LRE en los meses que afecta y no en el mes en que se realiza el pago. Por ejemplo, si efectúas una reliquidación en julio pero esta afecta al mes de mayo, entonces se reflejará en el mes de mayo. Por lo tanto, es necesario regenerar el LRE correspondiente al mes afectado para proceder a la rectificación directamente en la página de la DT.
- Buk realiza esta clasificación automáticamente siempre que uses el proceso de reliquidación y según la Agrupación LRE que hayas seleccionado al momento de crear el ítem, asegurando que tu declaración sea consistente con lo pagado.
Tope Imponible y Cotizaciones
- Tributación: el bono se prorratea por los meses de devengo y se suma a la base tributable de cada mes, restando los descuentos previsionales que se pudieron haber generado. El impuesto se calculará sobre esa base y se restará lo ya pagado en ese mes.
- Previsión (AFP/Salud/Cesantía): si el colaborador ya había alcanzado el Tope Imponible en los meses pasados, la reliquidación sólo afectará al Impuesto Único y no generará cobros adicionales de leyes sociales.
Diferencia en la Liquidación
En la liquidación del mes de pago, el colaborador verá:
- El monto total del bono.
- Descuentos bajo los siguientes conceptos, según corresponda:
- Cotiz. Previ. por Reliquidación: corresponde a la cotización previsional (AFP) que resulta de la reliquidación.
- Cotiz. Salud Obligatoria por Reliquidación: corresponde a la cotización obligatoria de salud (7%) que resulta de la reliquidación.
- Seguro Cesantía por Reliquidación: corresponde a la cotización del seguro de cesantía a cargo del trabajador (0,6%) que resulta de la reliquidación.
- Impuesto por Reliquidación Base $: corresponde a la suma de todas las diferencias de impuesto de los meses en que se devenga el bono.
- Reliquidaciones sin liquidacion previa: El pago de reliquidaciones puede calcularse y pagarse aunque en los meses anteriores el trabajador no tuviera el haber o ítem asignado (por ejemplo, en nuevos ingresos, recontrataciones o contratos cargados con posterioridad). En esos casos, el sistema toma como monto pagado $0 y calcula la diferencia completa contra el trabajo actual.
Solución a Dudas Frecuentes (FAQ)
¿Por qué el impuesto es tan alto si el bono se prorrateó?
Aunque el cálculo se distribuye en varios meses para usar tramos de impuesto más bajos, la retención total de ese impuesto debe hacerse por ley en el momento del pago. El beneficio es que el total pagado es menor que si se hubiera tributado todo en un solo mes.
¿Qué pasa si el colaborador no tenía contrato en algunos meses del periodo de reliquidación?
Buk sólo podrá reliquidar considerando los meses donde existan liquidaciones de sueldo, ya sea procesadas por Buk o históricas.
¿Debo reabrir los meses pasados para reliquidar?
No. El proceso de reliquidación se realiza sobre el mes vigente y no modifica las liquidaciones que ya están cerradas y pagadas, sino que genera un ajuste en el periodo actual.
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